Universidad Autónoma del Estado de México
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Plantel.
“Sor Juana Inés de la Cruz”
Materia.
Nociones de Derecho
Trabajo
colaborativo
Compendio
de leyes
Integrantes:
Barrios
ramos José David
Mendoza
Colín Julio Cesar
Jiménez
López Carlos David
Ortega
Ávila Christian
Sánchez
Guzmán Brenda Ivon
5
semestre
Grupo:
02
Introducción
Hoy
en día la sociedad regula su comportamiento gracias a distintos compendios de
leyes las cuales varean según su estado o país de origen.
Hoy
en día México cuentan con distintos reglamentos, constituciones los cuales
defienden los derechos de las personas en distintos aspectos, como pueden ser a
las personas enfermas y discapacitadas, mujeres embarazadas, reglas que regulan
las personas que usan automóviles y muchos casos más.
Estos
mismos nos ayudan a tener un equilibrio social en nuestra vida tanto como para
nosotros mismos y a su vez para la convivencia con otras personas a pesar de
nuestras diferencias.
Artículo
1
Todo
individuo gozará de las Garantías
Una
Garantía básica pero irrevocable. Contempla la participación y goce de los
Derechos:
“En
los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los Derechos Humanos
reconocidos en esta Constitución… así como de las Garantías para su protección,
cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo
las condiciones que esta Constitución establece”.
De
igual forma, el artículo menciona la obligación que tienen las autoridades
dentro del ámbito, de: “Promover, respetar, proteger y garantizar los
Derechos Humanos de conformidad con los principios de universalidad,
interdependencia, indivisibilidad y progresividad. El Estado deberá prevenir,
investigar, sancionar y reparar las violaciones a los Derechos Humanos, en los
términos que establezca la Ley”.
Artículo
3
Todo
individuo tiene Derecho a recibir educación
Esta
es otra de las Garantías más buscadas y demandadas por la ciudadanía.
Según
una encuesta proporcionada por INEGI 2015, en México, 45 de cada 100 personas
tienen menos de 25 años, lo que significa que se encuentra en edad potencial
para escolarizarse.
“Todo
individuo tiene Derecho a recibir educación. El Estado –Federación, Estados,
Distrito Federal y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria,
secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria
conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias”.
Artículo
5
A
ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria,
comercio o trabajo que le acomode
Imagina no
poder ejercer la profesión que elegiste sólo porque alguien o algo te lo
impide. La Constitución interviene para defender este Derecho:
“A
ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria,
comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta
libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los
Derechos a terceros, o por resolución gubernativa, dictada en los términos
que marque la Ley, cuando se ofendan los Derechos de la sociedad. Nadie puede
ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial…”.
Artículo
6
Sobre
la manifestación de las ideas
Este
artículo se complementa con el 7mo. Ambos nos otorgan la libertad de
expresar nuestras ideas sin temor a algún tipo de represalia.
“La
manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o
administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada
o Derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden
público; el Derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la
Ley. El Derecho a la información será garantizado por el Estado”.
Artículo
7
Es
inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas a través de cualquier
medio
Por
ejemplo, Facebook como medio de comunicación digital ha sido restringido en
China, Pakistán, Malasia, Siria, Irán, Uzbekistán, Bangladesh y Vietnam. Sin
embargo, en México, si quieres exponer tus ideales podrás hacerlo libremente y
por cualquier medio o plataforma de difusión.
“Es
inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas a través de
cualquier medio. No se puede restringir este Derecho por vías o medios
indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel
para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados
en la difusión de información o por cualesquier otro medio y tecnología de la
información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de
ideas y opiniones.
Ninguna
Ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de
difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del
artículo 6o. de esta Constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los
bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como
instrumento del delito…”.
Artículo
16
Nadie
puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones
Esta
garantía habla del respeto mutuo entre individuos residentes de los Estados
Unidos Mexicanos. Sabemos que no debemos afectar a nadie en
ningún aspecto, pero este Artículo nos lo recuerda.
“Nadie
puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones,
sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y
motive la causa legal del procedimiento”.
Artículo
24
Toda
persona tiene derecho a la libertad de convicciones de religión
Existen
cientos de creencias religiosas en México y en el mundo, e infinidad de grupos
que las profesan. Es importante preservar el respeto y la integridad de las
personas que manifiestan su credo.
“Toda
persona tiene Derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de
religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado. Esta libertad
incluye el Derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público
como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo,
siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Nadie podrá
utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos,
de proselitismo o de propaganda política”.
Artículo
35
En
él se resumen los Derechos que le corresponden a los mexicanos, con respecto a
la democracia y participación ciudadana en el gobierno:
I.
Votar en las elecciones populares;
Poder
ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades
que establezca la ley. El Derecho de solicitar el registro de candidatos ante
la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos así como a los
ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los
requisitos, condiciones y términos que determine la legislación;
III. Asociarse
individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos
políticos del país;
Tomar
las armas en el Ejército o Guardia Nacional, para la defensa de la República y
de sus instituciones, en los términos que prescriben las leyes;
Ejercer
en toda clase de negocios el Derecho de petición.
Poder
ser nombrado para cualquier empleo o comisión del servicio público, teniendo
las calidades que establezca la ley;
VII. Iniciar
leyes, en los términos y con los requisitos que señalen esta Constitución y la
Ley del Congreso. El Instituto Nacional Electoral tendrá las facultades que en
esta materia le otorgue la ley, y
VIII.
Votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional.
Artículo
39
La
soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo
Implica
que el pueblo, tenga la pauta del control de nuestro gobierno. La idea es que
la democracia intervenga por medio del voto y la elección de los decretos
propuestos, por el individuo que ejerza dicho gobierno.
“La
soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder
público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo
tiene en todo tiempo el inalienable Derecho de alterar o modificar la forma de
su gobierno”.
Artículo
123
Toda
persona tiene Derecho al trabajo digno
El
empleo al que nos incorporemos debe cumplir con los requerimientos y las
condiciones de un trabajo humanitario:
“Toda
persona tiene Derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se
promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo conforme
a la ley”.
Artículo
136
Esta
Constitución no perderá su fuerza y vigor
Este
artículo está ligado a la validación y sustentabilidad de las Garantías
contenidas en la Carta Magna.
“Esta
Constitución no perderá su fuerza y vigor, aun cuando por alguna rebelión se
interrumpa su observancia. En caso de que por cualquier trastorno público, se
establezca un gobierno contrario a los principios que ella sanciona, tan luego
como el pueblo recobre su libertad, se restablecerá su observancia, y con
arreglo a ella y a las leyes que en su virtud se hubieren expedido, serán
juzgados, así los que hubieren figurado en el gobierno emanado de la rebelión,
como los que hubieren cooperado a ésta”.
Estos
artículos conforman la actual Constitución Política De los Estados Unidos
Mexicanos.
Factores
como la estructura social, la economía y las modificaciones gubernamentales han
influido en sus Reformas, pero todas tienen el mismo objetivo:
salvaguardar y proteger nuestros Derechos.
CONCLUSIÓN.
Por
ultimo podemos llegar a la conclusión de que la constitución ayuda a culminar
en instrumentar la vocación social y ciudadana en realizar los postulados
éticos, republicanos, federalistas y sustentables de la coparticipación y de la
corresponsabilidad en un modelo en el que cabemos todos.
Nuestra
Constitución nos reconoce como ciudadanos libres con derechos políticos,
civiles, sociales, económicos, culturales y erige el derecho como método para
incluir la pluralidad política y evitar la segregación de los sectores
sociológicos alternos o que disienten de la forma de pensar dominante.
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